La «Ley Fintech», que la legislatura chilena debe aprobar en el primer marco regulatorio para las startups financieras, no solo prevé la regulación de una serie de servicios por parte de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), sino que también abre un espacio a la diversificación, al open banking y amplía el papel del Banco Central.
Las fintechs son las nuevas aplicaciones, procesos, productos o modelos de negocios en la industria mencionada, compuestos de uno o más servicios financieros complementarios y puestos a disposición del público vía Internet.
Ahora desde la edición de un reglamento del Ministerio de Hacienda en 2016, que autorizaba a las entidades no bancarias a operar servicios de pago, hasta septiembre de 2021, cuando la «Ley Fintech» llegó a la Cámara de Diputados, Chile, la quinta economía de América Latina, llegó a 176 startups de servicios financieros.
El proyecto fue enviado al Congreso por el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo a principios de septiembre.
La semana pasada, el texto general del proyecto de ley, que consta de 45 artículos, fue aprobado por la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados.
Sin embargo, cada uno de los artículos aún se encuentra en discusión y puede ser modificado por la Cámara en la votación del pleno.
El proyecto de ley aún debe pasar por una segunda votación en el Senado para ser sancionado.
El marco regulatorio para las fintechs está en discusión en Chile hace más de dos años y medio: empezó por la intención de la industria y el Gobierno de regularizar las plataformas de financiación colectiva (crowdfunding) y los servicios relacionados, pero terminó convirtiéndose en algo más grande.
Como ya sucedió en Brasil y México, el nuevo marco regulatorio busca definir algunos parámetros para las empresas de tecnología financiera y establecer a partir de qué momento deben pasar a ser entidades reguladas por la CMF.
Además de las plataformas de crowdfunding, también entran dentro de este marco los sistemas alternativos de pago y transacciones, los servicios de asesoría crediticia e de inversión, así como las empresas que se encargan de la custodia de cualquier tipo de instrumentos financieros (incluyendo criptoactivos). Es decir, gran parte de las actividades que realizan las fintechs en la actualidad.
En términos generales, la «Ley Fintech» establece que las empresas y entidades interesadas en operar una o varias de las actividades mencionadas anteriormente deberán solicitar su inclusión en el Registro de Prestadores de servicio que mantendrá la CMF.
Esta comisión, a su vez, deberá pronunciarse sobre las solicitudes de inscripción en el Registro dentro de un plazo de 30 días hábiles.
Si la solicitud es aceptada, la inclusión de la entidad en el Registro deberá realizarse dentro de los tres días siguientes a la respuesta.
Todos estos plazos son una de las preocupaciones de especialistas y emprendedores. Además de la obligación de registrarse, el hecho de tener que esperar la autorización para empezar a operar puede desalentar el ecosistema.
Las fintechs que presten servicios de custodia e intermediación de instrumentos financieros, en particular, deberán contar con un patrimonio neto de alrededor 193.000 dólares o el equivalente a entre el 3% y el 6% de un patrimonio de referencia que aún será definido mediante un cálculo de la CMF. Será válido el mayor valor entre estas dos posibilidades).